Xicu Tarres (izquierda) era alcalde cuando se formalizó la concesión ahora en sospecha. Tarrés, ahora presidente del Consejo Insular de Ibiza, ya está imputado por otro presunto caso de corrupción, Vila Centre. Al centro la alcaldesa Lurdes Costa, no muy celebrada por su eficacia y ahora bajo sospecha. A la derecha, Sandra Mayans, que al sorprenderse por el alcance de Vila Centre cayó en desgracia y actualmente es una concejala arrinconada.
El socialismo pitiuso está en linea con la mejor tradición del socialismo cañí.
(Foto gentileza Diario de Ibiza)
El Partido Popular denunció hace unas semanas que el Ayuntamiento de Eivissa ha venido condonando, desde el primer trimestre de 2007, el pago del canon variable anual previsto en las condiciones contractuales a la empresa Park Control 2000, actual concesionaria del servicio de estacionamiento regulado (la conocida como ´zona azul´), para que ésta hiciera frente al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que tuvo que abonar al recibir la concesión. De este modo, el municipio consintió en dejar de ingresar 412.120,51 euros en concepto de canon variable que fueron empleados para que esta empresa hiciera frente a sus obligaciones tributarias. En otras palabras, el Ayuntamiento de Eivissa vino a asumir como propio el coste del citado impuesto, cuando ni era el sujeto pasivo ni estaba obligado a su pago.
Cualquier persona sensata –quizás, mucho más un administrador público– debería entender que ese regalo a una empresa privada lesiona gravemente los intereses de la ciudad de Eivissa. 412.120,51 euros son, por ejemplo, prácticamente el equivalente a toda la partida de Acción Social para el año 2010 del Consistorio y cuatro veces más lo que destinará este año el Ayuntamiento al programa de personas dependientes del municipio. Convencidos de este grave perjuicio a las arcas municipales, los concejales del Partido Popular hemos intentado en diversas ocasiones que la alcaldesa Lurdes Costa adoptara las medidas necesarias para recuperar ese dinero que pertenece a todos los residentes de la ciudad.
En la última ocasión, y con motivo de la sesión del pleno del Ayuntamiento de Eivissa celebrado hace una semana, el Partido Popular solicitó a la alcaldesa que iniciara los trámites administrativos oportunos para declarar la lesividad para los intereses municipales y vecinales del acto administrativo por el que el Consistorio asumió en 2007 que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Park Control 2000 era un gasto imprevisto de la concesión y, por tanto, que éste debía ser abonado por el Ayuntamiento.
Como ha venido reiterando este grupo político, corresponde a los licitadores prever como gasto a su cargo el pago de los impuestos derivados de la obtención de una concesión administrativa, como explícitamente se recogía en las bases del propio concurso al que libremente optó Park Control 2000, por lo que, en ningún caso, podría alegarse ignorancia por parte del licitador. La no inclusión en el estudio económico de este gasto no supone justificación alguna, ya que el citado estudio se refiere a los costes anuales de la explotación, no a los gastos derivados de la propia concesión. Supondría, además, un agravio comparativo para las restantes concesiones de la isla que han cumplido y cumplen escrupulosamente con sus obligaciones tributarias, estén estas previstas o no en el estudio económico del canon.
La realización de aquel ´acto administrativo´, por el que el Ayuntamiento vino a hacer recaer sobre sí mismo la obligación tributaria, carece de justificación alguna desde un punto de vista legal y contradice el principio de buena administración de quien, como gestor público, está obligado a servir con objetividad, eficacia y equidad a los intereses generales. Habrá que concluir que aquel acto administrativo supuso incumplir la función principal del Ayuntamiento de Eivissa, que no es otra que velar por los derechos de sus vecinos, al adoptar la interpretación del contrato más perjudicial para los intereses municipales, sin que existiera, además, informe jurídico alguno que avalara tal decisión.
Valorar como buena una administración exige responder a la confianza legítima que los administrados han depositado en ella, limitando su actuación al servicio objetivo y neutro de los intereses generales. Las decisiones públicas deben adoptarse siempre defendiendo el interés general de los ciudadanos y las administraciones públicas tienen el derecho y la obligación de rectificar cualquier acto de gobierno dictado equivocadamente que produzca un daño al interés general.
Corregir es de sabios y, en este sentido, nuestro Derecho administrativo admite la posibilidad de que la Administración, a través de sus órganos, rectifique sus errores, mediante la interposición de recursos contra sus propios actos. La declaración de lesividad en el Derecho español es un acto sadministrativo por el que una entidad considera dañino para los intereses públicos, un acto previamente dictado por ella misma, con el fin de poder solicitar su anulación ante la Justicia.
Dado que por parte del Ayuntamiento no se ha adoptado ninguna medida para cobrar las cantidades indebidamente compensadas, ni se ha solicitado informe jurídico que avale la actuación del interventor (cuyo informe de una sola página es el único documento que refrenda la condonación de casi medio millón de euros), el Partido Popular confiaba en que PSOE-ExC llegara a la lógica y sensata conclusión de que aquel regalo a una empresa privada perjudica el interés general de los residentes de Eivissa. No fue así y el gobierno de Lurdes Costa, por boca de su portavoz, Santiago Pizarro (de Izquierda Unida), se amparó en un formalismo técnico para no entrar en el fondo de la cuestión. A pesar de ofrecerles que propusieran ellos el texto que les pareciera más adecuado para la toma del acuerdo, éste se negó en redondo a adoptar cualquier medida para recuperar este dinero. Habremos de preguntarnos por qué PSOE-ExC siguen poniendo tanto empeño en la defensa de los intereses de una empresa privada por encima de los intereses de los ciudadanos y en su negativa a reclamarle 412.120,51 euros a Park Control.
Además, convendría también plantearse la siguiente reflexión: si ahora y con la supuesta intervención (que no es tal) de la recaudación se ha demostrado que la empresa tiene una diferencia de 85.000 euros entre ingresos y gastos en sólo 20 días –como ha admitido el propio señor Pizarro–, ¿por qué el Ayuntamiento no adopta las medidas legales que estime convenientes contra esta empresa por acciones que podrían ser constitutivas de un delito de malversación de caudales público o incluso de apropiación indebida? Estos son los millonarios obsequios de los socialistas a una empresa privada. Esperemos que tarde o temprano todos acabemos dándonos cuenta que a estos, como a los griegos, hay que temerlos, incluso –o sobre todo– cuando traen regalos.
El socialismo pitiuso está en linea con la mejor tradición del socialismo cañí.
(Foto gentileza Diario de Ibiza)
El Partido Popular denunció hace unas semanas que el Ayuntamiento de Eivissa ha venido condonando, desde el primer trimestre de 2007, el pago del canon variable anual previsto en las condiciones contractuales a la empresa Park Control 2000, actual concesionaria del servicio de estacionamiento regulado (la conocida como ´zona azul´), para que ésta hiciera frente al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que tuvo que abonar al recibir la concesión. De este modo, el municipio consintió en dejar de ingresar 412.120,51 euros en concepto de canon variable que fueron empleados para que esta empresa hiciera frente a sus obligaciones tributarias. En otras palabras, el Ayuntamiento de Eivissa vino a asumir como propio el coste del citado impuesto, cuando ni era el sujeto pasivo ni estaba obligado a su pago.
Cualquier persona sensata –quizás, mucho más un administrador público– debería entender que ese regalo a una empresa privada lesiona gravemente los intereses de la ciudad de Eivissa. 412.120,51 euros son, por ejemplo, prácticamente el equivalente a toda la partida de Acción Social para el año 2010 del Consistorio y cuatro veces más lo que destinará este año el Ayuntamiento al programa de personas dependientes del municipio. Convencidos de este grave perjuicio a las arcas municipales, los concejales del Partido Popular hemos intentado en diversas ocasiones que la alcaldesa Lurdes Costa adoptara las medidas necesarias para recuperar ese dinero que pertenece a todos los residentes de la ciudad.
En la última ocasión, y con motivo de la sesión del pleno del Ayuntamiento de Eivissa celebrado hace una semana, el Partido Popular solicitó a la alcaldesa que iniciara los trámites administrativos oportunos para declarar la lesividad para los intereses municipales y vecinales del acto administrativo por el que el Consistorio asumió en 2007 que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Park Control 2000 era un gasto imprevisto de la concesión y, por tanto, que éste debía ser abonado por el Ayuntamiento.
Como ha venido reiterando este grupo político, corresponde a los licitadores prever como gasto a su cargo el pago de los impuestos derivados de la obtención de una concesión administrativa, como explícitamente se recogía en las bases del propio concurso al que libremente optó Park Control 2000, por lo que, en ningún caso, podría alegarse ignorancia por parte del licitador. La no inclusión en el estudio económico de este gasto no supone justificación alguna, ya que el citado estudio se refiere a los costes anuales de la explotación, no a los gastos derivados de la propia concesión. Supondría, además, un agravio comparativo para las restantes concesiones de la isla que han cumplido y cumplen escrupulosamente con sus obligaciones tributarias, estén estas previstas o no en el estudio económico del canon.
La realización de aquel ´acto administrativo´, por el que el Ayuntamiento vino a hacer recaer sobre sí mismo la obligación tributaria, carece de justificación alguna desde un punto de vista legal y contradice el principio de buena administración de quien, como gestor público, está obligado a servir con objetividad, eficacia y equidad a los intereses generales. Habrá que concluir que aquel acto administrativo supuso incumplir la función principal del Ayuntamiento de Eivissa, que no es otra que velar por los derechos de sus vecinos, al adoptar la interpretación del contrato más perjudicial para los intereses municipales, sin que existiera, además, informe jurídico alguno que avalara tal decisión.
Valorar como buena una administración exige responder a la confianza legítima que los administrados han depositado en ella, limitando su actuación al servicio objetivo y neutro de los intereses generales. Las decisiones públicas deben adoptarse siempre defendiendo el interés general de los ciudadanos y las administraciones públicas tienen el derecho y la obligación de rectificar cualquier acto de gobierno dictado equivocadamente que produzca un daño al interés general.
Corregir es de sabios y, en este sentido, nuestro Derecho administrativo admite la posibilidad de que la Administración, a través de sus órganos, rectifique sus errores, mediante la interposición de recursos contra sus propios actos. La declaración de lesividad en el Derecho español es un acto sadministrativo por el que una entidad considera dañino para los intereses públicos, un acto previamente dictado por ella misma, con el fin de poder solicitar su anulación ante la Justicia.
Dado que por parte del Ayuntamiento no se ha adoptado ninguna medida para cobrar las cantidades indebidamente compensadas, ni se ha solicitado informe jurídico que avale la actuación del interventor (cuyo informe de una sola página es el único documento que refrenda la condonación de casi medio millón de euros), el Partido Popular confiaba en que PSOE-ExC llegara a la lógica y sensata conclusión de que aquel regalo a una empresa privada perjudica el interés general de los residentes de Eivissa. No fue así y el gobierno de Lurdes Costa, por boca de su portavoz, Santiago Pizarro (de Izquierda Unida), se amparó en un formalismo técnico para no entrar en el fondo de la cuestión. A pesar de ofrecerles que propusieran ellos el texto que les pareciera más adecuado para la toma del acuerdo, éste se negó en redondo a adoptar cualquier medida para recuperar este dinero. Habremos de preguntarnos por qué PSOE-ExC siguen poniendo tanto empeño en la defensa de los intereses de una empresa privada por encima de los intereses de los ciudadanos y en su negativa a reclamarle 412.120,51 euros a Park Control.
Además, convendría también plantearse la siguiente reflexión: si ahora y con la supuesta intervención (que no es tal) de la recaudación se ha demostrado que la empresa tiene una diferencia de 85.000 euros entre ingresos y gastos en sólo 20 días –como ha admitido el propio señor Pizarro–, ¿por qué el Ayuntamiento no adopta las medidas legales que estime convenientes contra esta empresa por acciones que podrían ser constitutivas de un delito de malversación de caudales público o incluso de apropiación indebida? Estos son los millonarios obsequios de los socialistas a una empresa privada. Esperemos que tarde o temprano todos acabemos dándonos cuenta que a estos, como a los griegos, hay que temerlos, incluso –o sobre todo– cuando traen regalos.