“La institución oficial consultiva para todo lo que se refiere a la lengua catalana será la UIB” (artículo 35.2, Estatuto de Autonomía). Este mandato estatutario ha bastado para tumbar el Decreto 15/2013, más conocido como TIL. El razonamiento que, con idénticos argumentos, siguen los magistrados del TSJB en su estimación de los recursos de UGT, CCOO y STEI contra el decreto TIL es el siguiente. Primero se preguntan si cambiar un modelo educativo bilingüe a uno trilingüe afecta a la lengua catalana y a su normalización. Y llegan a la conclusión, trivial, de que sí. Acto seguido se preguntan si es preceptivo (obligatorio) o no consultar a la UIB y llegan a la conclusión de que también.
Lo realmente mollar en todo el debate jurídico que se suscita en las tres sentencias se insinúa tangencialmente por parte de los servicios jurídicos del Govern, cuando recuerdan que el artículo 35 del Estatuto no ha sido desarrollado por ninguna ley –la disposición adicional tercera de la Ley de Normalización Lingüística de 1986 repite sin más el artículo 35.2 referido– y que, en consecuencia, no se ha definido todavía lo que significa “para todo lo que se refiere a la lengua catalana”, algo fundamental antes de saber cuándo y en qué materias hay que
consultar a la UIB. Y si hay que hacerle caso o no, es decir, si sus informes son vinculantes o no. En efecto, ¿qué significa “para todo lo que se refiere a la lengua catalana”? ¿A su fijación normativa únicamente, delegada por la UIB a su Departamento de Filología Catalana en 2003? ¿O también a todo lo que afecta a la política lingüística en general que, como indica su nombre, es política, como puede ser la aprobación del Decreto de Mínimos, el propio TIL, las reformas de la propia Ley de Normalización Lingüística llevadas a cabo o la misma existencia de la Junta Avaluadora de Català? ¿Deben consultarse a la UIB medidas políticas y claramente ideológicas, como el hecho de que la Administración deba ser o no bilingüe, los médicos deban tener o no un determinado nivel de catalán, o si el nivel de los alumnos que terminan el bachillerato debe ser homologable o no al nivel C? En definitiva, lo que trato de explicar es que la mayor parte de las medidas que afectan a la normalización lingüística son de tipo político y que, sinceramente, no sé qué pinta la UIB opinando sobre estas cuestiones. De hecho, los magistrados deberían saber que el introductor en España de los términos “normalización lingüística”, “bilingüismo” o “diglosia”, Lluís Vicent Aracil, padre de la llamada Sociolingüística Catalana, no tenía reparos en admitir que la “normalización lingüística” –el equivalente a lo que se llama “linguistic planning” en otros países– era un programa político. Ni más ni menos. Cualquiera que lea sus “Papers de sociolingüística” (1982) se dará cuenta de que, en efecto, la normalización no es más que un programa político. Ni siquiera su vertiente más académica, la normativización o la fijación normativa, está libre de connotaciones políticas, como venimos denunciando desde la Fundació Jaume III.
Y un programa político, por definición, no es ni puede ser unívoco ni monolítico: cada formación que se presenta a unas elecciones puede modular esta “normalización” como lo considere oportuno en base a la voluntad de sus militantes y electores. La normalización del catalán sería más parecida a un principio rector –interpretable, como la protección del medio ambiente, por ejemplo– que a un derecho fundamental que, como tal, sí es exigible ante los tribunales.
Otra cosa es que el catalanismo, enseñando su patita totalitaria, pretenda hacernos creer que la normalización lingüística no es una cuestión política sino “científica” –y por tanto unívoca, monolítica, uniforme y no sujeta a discusión– y que la UIB, por la cuenta que le trae, aplauda estas pretensiones con la orejas. Todo el mundo, incluso los empresarios más exitosos, aspira a tener su cortijo protegido por ley. Estas falsas invocaciones a la ciencia, así como sus concomitantes argumentos de autoridad, no son más que la coartada para tapar la boca a los adversarios. Ni la filología ni la sociolingüística en las que se basa la “normalización” son ninguna ciencia. Sin ir más lejos, entren en la web de la UIB (http://estudis.uib.cat/grau/) y miren cómo están clasificados los estudios de Filología y Literatura catalanas. ¿Forman parte de las llamadas Ciencias Sociales? Ni eso. Están clasificados como “Artes y humanidades”, como la Historia o la Filosofía. Ni ellos se creen el rigor científico que predican.
La impresión que tengo tras leerme las tres sentencias es que nuestros cinco magistrados han echado mano de los habituales argumentos de brocha gorda con los que suele deleitarnos la izquierda balear, tan poco acostumbrada a pensar. Pero es que, además, demuestran un desconocimiento de la realidad de las aulas de Baleares verdaderamente preocupante. Así, por ejemplo, afirman que pasamos del modelo bilingüe anterior a uno trilingüe, cuando todos sabemos que el Decreto de Mínimos (Decreto 92/1997) se había convertido en uno de máximos al haber derivado en un modelo de inmersión en catalán sin haber pasado ni por las urnas ni por la cámara balear, como ha venido recordando estos días este periódico. Al parecer los magistrados no se habían enterado de eso, como puede contemplarse en afirmaciones como ésta: “[el Decreto 92/1997] contemplaba una regulación de absoluta igualdad entre el idioma castellano y catalán” (sentencia 443, p. 22). Tampoco parecen haber caído en la cuenta de que ha sido precisamente este fraude escandaloso la causa principal de la promulgación del TIL. Es más, incluso sus señorías llegan a alardear –no sé si a modo de justificación– de ser unos paladines del equilibrio de lenguas al recordar que tumbaron el Decreto 67/2008 del Pacte de Progrés que daba preferencia al catalán sobre el castellano como lengua vehicular de la enseñanza. Ironías del destino, nunca unos defensores del bilingüismo, de creernos al menos lo que afirman, le habían hecho tan flaco favor. El infierno está lleno de buenas intenciones.
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Publicat a El Mundo-El Día de Baleares, el 27-9-2014