Xico Tarrés entra en los juzgados para declarar por el caso Eivissa Centre acompañado por Patricia Abascal y, detrás, Albert Prats. |
EUGENIO RODRÍGUEZ MARTOS | IBIZA La magistrada-juez sustituta del Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza, Carmen Martín, da por zanjado el caso Eivissa Centre y, atendiendo la petición del Ministerio Fiscal, ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa tras siete años de instrucción, con 17 tomos y más de 4.600 folios. «Los indicios de delito que alude la acusación carecen de la consistencia suficiente para proceder a la apertura de juicio oral», concluye el auto judicial de archivo.
Contra esta resolución cabe recurso de reforma (ante el mismo juzgado) y subsidiariamente o por separado de apelación ante la Audiencia Provincial. El exsocialista Roque López, que fue quien denunció en el juzgado el supuesto caso de corrupción urbanística y actúa como acusación particular, está «sopesando», según su abogado, la presentación de un recurso ante la Audiencia al estar en «desacuerdo» con algunos de los argumentos que esgrime la juez para decretar el archivo, pero aún no ha tomado una decisión firme.
El caso Eivissa Centre estalló en la antesala de las elecciones autonómicas y municipales de 2007 después de que El Mundo publicara las conversaciones que Roque López, cuando era secretario
general de la FSE-PSOE, grabó en secreto con algunos de sus compañeros en torno al supuesto pago de comisiones del constructor Antonio Pinal (Bruesa) por la ejecución de la remodelación del centro de Vila.El ex secretario general de la Federación Socialista de Ibiza y expresidente del Consell Xico Tarrés, el exalcalde de Sant Josep Josep Marí Ribas (exgerente de la empresa mixta Itusa) y el exconcejal de Vila Pedro Campillo figuraban en la lista de imputados, que completaban el exgerente de la empresa pública de Vila Imvisa Emilio Pérez Echagüe, el exsecretario de Organización del PSOE balear Miquel Mestre, el exconcejal del PP de Vila Jaime Díaz de Entresotos (miembro entonces del consejo de administración de Itusa), y los constructores y representantes de la constructora Bruesa Antonio Pinal y José Antonio Maturana. Se les imputaban la supuesta comisión de los delitos de cohecho o prevaricación o tráfico de influencias y, en el caso de Tarrés, también el de falsedad documental.
La magistrada comparte «íntegramente» los argumentos de la Fiscalía y considera que «no hay indicios suficientes para proceder a la apertura de juicio oral». Rechaza los tres argumentos que la defensa de López esgrimió en su recurso contra la petición de archivo de la Fiscalía.
Por un lado, el letrado de López se opuso al sobreseimiento al alegar que aún había diligencias de prueba pendientes de valorar y, por otro, señaló que no entendía «la celeridad» con la que el Ministerio Público pedía el fin de la causa.
Todas las pruebas practicadas
En el auto de archivo provisional, la juez sostiene que todas y cada una de las diligencias interesadas han sido practicadas y trasladas a las partes personadas. «Cuestión distinta es que la valoración que pueda hacerse de las mismas sea distinta en función de quién la hace, pero lo que en ningún caso puede decirse es que no han sido incorporadas a las actuaciones o que no han sido valoradas», advierte la juez, que agrega: «Sorprende igualmente que la parte hable de celeridad a la hora de archivar cuando estamos hablando de un procedimiento incoado hace siete años, con 17 tomos y más de 4.600 folios».
En el auto de archivo provisional, la juez sostiene que todas y cada una de las diligencias interesadas han sido practicadas y trasladas a las partes personadas. «Cuestión distinta es que la valoración que pueda hacerse de las mismas sea distinta en función de quién la hace, pero lo que en ningún caso puede decirse es que no han sido incorporadas a las actuaciones o que no han sido valoradas», advierte la juez, que agrega: «Sorprende igualmente que la parte hable de celeridad a la hora de archivar cuando estamos hablando de un procedimiento incoado hace siete años, con 17 tomos y más de 4.600 folios».
La magistrada señala que durante la instrucción se han practicado numerosas diligencias «sin que hayan aportado resultado positivo favorable para la acusación». En cuanto a los delitos de cohecho, prevaricación y tráfico de influencias, el auto apunta que «a lo sumo» podría hablarse de «la existencia de una mera proposición para ello», algo que resultaría «atípico» conforme a las reglas generales previstas en el Código Penal. Del mismo modo, sostiene que de la documentación remitida tanto por Bruesa como por Imvisa (la empresa pública) e Itusa (la mixta formada por Bruesa e Imvisa) «no se aprecia falsedad alguna ni en su contenido ni en su elaboración».
Declaración de Mayans conclusa
La defensa de López también alegó contra el archivo que, en su día, la declaración de la exconcejala de Vila Sandra Mayans (junio de 2008) como testigo fue interrumpida debido a su larga duración y que nunca se la citó de nuevo para su finalización. La juez asegura que «no es cierto» que esta declaración fuera suspendida (resulta «paradójico», apunta, que ninguna de las partes hubiera instado tal reanudación desde hace casi seis años). En todo caso, hay que tener en cuenta que López ha cambiado recientemente de abogado (tras la pérdida de confianza en Andrés Tuells) y su nuevo letrado ha sido quien ha pedido que Mayans culmine su testifical. No obstante, la juez reitera que la declaración se practicó «hasta el final» sin posponerse preguntas y que «únicamente se señaló la posibilidad de señalar otro momento para la audición de las grabaciones y su sometimiento a contradicción», algo que ninguna de las partes ha solicitado.
La defensa de López también alegó contra el archivo que, en su día, la declaración de la exconcejala de Vila Sandra Mayans (junio de 2008) como testigo fue interrumpida debido a su larga duración y que nunca se la citó de nuevo para su finalización. La juez asegura que «no es cierto» que esta declaración fuera suspendida (resulta «paradójico», apunta, que ninguna de las partes hubiera instado tal reanudación desde hace casi seis años). En todo caso, hay que tener en cuenta que López ha cambiado recientemente de abogado (tras la pérdida de confianza en Andrés Tuells) y su nuevo letrado ha sido quien ha pedido que Mayans culmine su testifical. No obstante, la juez reitera que la declaración se practicó «hasta el final» sin posponerse preguntas y que «únicamente se señaló la posibilidad de señalar otro momento para la audición de las grabaciones y su sometimiento a contradicción», algo que ninguna de las partes ha solicitado.
Por último, la magistrada-juez rechaza, en contra de lo alegado por la defensa de Roque López, «la existencia de indicios racionales con base probatoria suficiente para la continuación de la causa hasta llegar a juicio». En su auto, la juez argumenta que el denunciante no tiene «un derecho absoluto» a la incoación de toda la instrucción penal «ni un derecho incondicionado» a la apertura de juicio oral, «pues tal derecho no conlleva el de la obtención de una sentencia favorable».